A través del asesoramiento sobre la Ley Pierry para terrenos privados adquiridos o habitados antes del 2006 o con la regularización de viviendas en tierras fiscales, el Instituto aporta a la seguridad jurídica de las familias que deseen normalizar su situación dominial.

El primer paso para la regularización dominial del lote que habita es conocer su situación legal y registral. Esta información permitirá definir el procedimiento y marco correspondiente para realizar el trámite.  Si la desconoce, puede consultarla personalmente en el Banco de Tierras del IMTVHS (24 de Septiembre 12).

Correo: banco@imtvhs.gob.ar / WhatsApp: 2944382760 /Atención: Lunes, miércoles y viernes, de 8 a 13hs

Programa de Regularización Dominial LEY PIERRI

La Ley Nº 24.374, llamada Ley Pierri, es un régimen para que las personas que por sus escasos recursos y medios tuvieron dificultades para lograr la escritura de sus viviendas, puedan finalmente obtener su título de propiedad.

 

Preguntas frecuentes

Pueden acogerse las familias que acrediten:
Causa lícita de posesión, que no existan causas judiciales vigentes.
Posesión pública, pacífica y continua del inmueble a regularizar, con anterioridad al 1 de enero de 2006 o antes. Ese inmueble debe tener como destino principal el ser vivienda única y permanente.

Quedan excluidos aquellos que sean poseedores de otras propiedades para satisfacer sus necesidades de vivienda y los inmuebles del Estado nacional, provincial o municipal.

Con un boleto de compraventa, cesión de derechos, libreta de pagos, títulos antecedentes, recibo de compra de lote, cesión de derechos posesorios, certificados médicos escolares, planos y cualquier otra documentación que determine la ocupación con anterioridad al 1 de enero de 2006.

Desde el IMTVHS asesoramos y acompañamos a las familias para elevar al Gobierno Provincial la documentación necesaria para iniciar el trámite. 

  1. Consultar los requisitos en el IMTVHS (pierribariloche@imtvhs.gob.ar)
  2. Presentar en el IMTVHS (24 de septiembre 12) la documentación personal y las pruebas que acrediten la ocupación y posesión pública, pacífica y continua del inmueble con anterioridad al 1 de enero de 2006.
  3. Recibir la visita técnica y social del Municipio.
  4. Abonar el costo de la Carta Documento de notificación al titular del inmueble y el valor de la publicación del edicto en un diario local.
  5. Si no se presentan oposiciones: abonar el costo del informe pericial de mensura y recibir la visita del agrimensor que llevará a cabo los trabajos de mensura.
  6. Aguardar el aviso del IMTVHS para realizar la firma del Acta de Regularización Dominial, que se va a inscribir en el Registro de la Propiedad (previo pago del Acta y del 1% del valor fiscal).
  7. Transcurridos los 10 años desde el otorgamiento del Acta, tramitar la escritura de dominio del inmueble.

Consultas y turnos por LEY PIERRI

pierribariloche@imtvhs.gob.ar

Horario de atención: Lunes a jueves de 8.30 a 13 hs

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